CITAS INPEC «El sistema automático de asignación de visitas, permite realizar la solicitud de asignación de citas, al visitante que esté autorizado por el interno y los cuales tengan actualizado sus datos en el sistema misional SISIPEC. El visitante debe ingresar su número de cédula y el número único NUI del interno al cual desea visitar. Nota: el NUI hace referencia al número asignado por el sistema de información misional SISIPEC.”.Citas Inpec el INPEC permite Facilitar el ingreso de los familiares de los internos a los Establecimientos de Reclusión, mediante la asignación de citas, vía web o telefónicamente.
INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Y CARCELARIO Citas Inpec
La evolución carcelaria, se remonta desde el siglo XV, época de los aborígenes, que solo comunidades desarrolladas como los chibchas mostraban una legislación civil y penal de gran influencia moral para su época. Pena de muerte al homicida, vergüenza pública al cobarde, tortura al ladrón, no fue frecuente la privación de libertad y su aplicación no tuvo como criterio el castigo.
En la época de la conquista, se impusieron las leyes del conquistador: delitos, guarda de presos, tormentos, penas y perdones. El Establecimiento de Reclusión se considera como un sitio previo a la ejecución o un castigo para la población española o criolla. El nativo no disponía de libertad por su carácter de vasallo.
En la época de la colonia se aplicó la confiscación, multa y prisión así como medidas eclesiásticas relacionadas con abjuración, represión, suspensión de órdenes y las penitencias.
Para el cumplimiento de las penas se utilizaron las famosas mazmorras, presidios de Cartagena y Tunja; las cárceles de la Real Cárcel, la Cárcel del Divorcio, la de Zipaquirá y la de Santafé (Colegio de Nuestra Señora del Rosario), entre otras.
En la época de la Independencia con el objeto de contribuir al estado-nación se importan modelos penitenciarios franceses y españoles.
Estatuto político del territorio colombiano. Contempla la abolición de la tortura, se autoriza a coartar la libertad del ciudadano y se prohíbe el ingreso a la cárcel de quien no sea legalmente conducido a ella.
1890 – primera cárcel de mujeres: es establecida por las religiosas del buen pastor.
1914 – ley 35: se crea la Dirección General de Prisiones; reglamentándose como entidad adscrita al Ministerio de Gobierno.
1934 – primer código penitenciario colombiano: primeros lineamientos de administración penitenciaria.
1936 y 1938 – nuevo código penal, código de procedimiento penal y ley de vagos.
1940 – auge de construcciones penitenciarias: dispositivos de control social por el desarrollo del capitalismo. Penitenciaria nacional la picota, Palmira y Popayán.
1940 – Reestructuración: Dirección General de Establecimientos de Detención, Penas y Medidas de Seguridad (MINJUSTICIA).
1958 – Ley de Maleantes: doctrina de la peligrosidad.
1960 – Restructuración: División de Penas y Medidas de Seguridad (MINJUSTICIA).
1992 – Decreto No. 2160, por el cual se fusiona la Dirección General de Prisiones del Ministerio de Justicia con el Fondo Rotatorio del Ministerio de Justicia y se crea el INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Y CARCELARIO – INPEC.
1993 – ley 65 de 1993, Artículo 15, El Sistema Nacional Penitenciario y Carcelario está integrado por el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario, como establecimiento público adscrito al «Ministerio de Justicia y del Derecho» con personería jurídica, patrimonio independiente y autonomía administrativa; por todos los centros de reclusión que funcionan en el país, por la Escuela Penitenciaria Nacional y por los demás organismos adscritos o vinculados al cumplimiento de sus fines.
Nunca hay citas en el hospital de San Antonio de prado y lo único que dan son 23 fichas cudo hoy que hacen fila desde las 4 de la mañana
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